SER VOLUNTARIO

LA INTERVENCIÓN EN SALUD MENTAL

El objetivo de esta área de intervención es apoyar a las personas con  enfermedad mental que  presenta mayores dificultades, sea por mencionar algunas por ejemplo: esquizofrenia y bipolaridad.   
Estos centros están especializados para personas con discapacidad intelectual y enfermedad mental, para que puedan desarrollar una mejoría en su vida diaria y ser autónomos  en su vida social, como cualquier persona y desarrollarse en sus labores e inserción laboral.
También están concebidos  para  que sus familiares tengan una mayor libertad o mas tiempo libre  y para sus quehaceres de la vida cotidiana.

Quienes quieran participar como  voluntarios  no necesitan tener estudios ni preparación previa, ya que una vez decidan comenzar recibirán la formación necesaria por los técnicos y profesionales que trabajan en FEAFES-PLASENCIA- Lo más importante es tener ganas de participar  e  interactuar con los usuarios.

Será muy importante seguir siempre  “la regla de oro”: Si no sabes cómo tratar a una persona con trastorno mental, trátale como a una persona que no lo tiene”, al igual que te gustaría que te trataran a ti.



LA NUEVA LEY DE VOLUNTARIADO



La nueva Ley de Voluntariado (BOE 15 de octubre de 2015) apuesta por un voluntariado abierto, participativo e intergeneracional. Da cobertura a una acción voluntaria sin adjetivos, sin excluir, y favorece que pueda promoverse no sólo en el Tercer Sector, sino en otros ámbitos más novedosos, como son las empresas, las universidades o las propias Administraciones públicas.

Con el nuevo texto, que introduce los 12 años como la edad mínima para ser voluntario, se garantiza la igualdad en el acceso al voluntariado de las personas dependientes en las condiciones acordes a sus circunstancias y determina que no podrá incurrirse en prácticas discriminatorias por identidad y orientación sexual.
La administración favorecerá a los trabajadores que adapten o reduzcan su jornada para la ejecución de actividades de voluntariado y las empresas y las universidades se convierten en nuevos actores. En el caso de las universidades, la Ley indica que podrán desarrollar fórmulas de reconocimiento académico de dichas acciones de voluntariado. Además, se recoge expresamente que la acción voluntaria nunca podrá ser causa de la extinción de un contrato ni de la disminución de un servicio.


La Ley establece los ámbitos de las actuaciones voluntarias: social, internacional de cooperación al desarrollo, ambiental, cultural, deportivo, de ocio y tiempo libre, comunitario y de protección civil, que es el que se derivaría, por ejemplo, de una emergencia o catástrofe natural. Se añade el voluntariado paralímpico dentro de la categoría deportiva y el de la protección de animales dentro de la ambiental.





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